Orihuela Costa: obra nueva y reventa
En la costa de Orihuela conviven promociones recién entregadas con viviendas de los años noventa y dos mil que cambian de propietario con frecuencia. En la obra nueva revisamos acabados, carpinterías, impermeabilización de terrazas y solariums, y el funcionamiento de las instalaciones antes de firmar la entrega.
En la reventa ponemos el foco en el envejecimiento propio de la primera línea: corrosión de elementos metálicos, fisuras en muros de parcela, piscinas con pérdidas y cubiertas transitables que han perdido la impermeabilización.
La ciudad y la huerta: inundabilidad y humedades
Las viviendas próximas al cauce del Segura y las de la huerta están en una zona con historial de inundaciones, como se vio en la DANA de septiembre de 2019. En estas viviendas buscamos huellas de agua en zócalos y carpinterías, reparaciones recientes de solados y revestimientos, y humedades por capilaridad en muros de planta baja.
En el casco antiguo encontramos además edificios de muros de carga y forjados antiguos, donde conviene revisar con atención fisuras, deformaciones y el estado de las instalaciones.
- Huellas de inundación y reparaciones recientes en planta baja.
- Humedades por capilaridad en muros y tabiques.
- Fisuras y deformaciones en edificios de muros de carga.
- Instalaciones eléctricas y de fontanería sin renovar.
Riesgo sísmico en la Vega Baja
Orihuela forma parte de la zona de mayor peligrosidad sísmica de la Comunitat Valenciana según la norma NCSE-02. Durante la inspección anotamos cualquier fisura o desplome que aconseje un estudio estructural antes de cerrar la compra.
Plazos para reclamar defectos en Orihuela
En una vivienda nueva, la Ley de Ordenación de la Edificación (artículo 17) fija tres plazos de responsabilidad que cuentan desde la recepción de la obra: un año para los defectos de acabado, tres años para los que afectan a la habitabilidad y diez años para los daños estructurales. La acción para reclamar prescribe a los dos años desde que se produce el daño (artículo 18).
En una compraventa de segunda mano, el Código Civil permite reclamar al vendedor por vicios ocultos (artículos 1484 a 1490), pero el plazo es corto: seis meses desde la entrega. Por eso conviene inspeccionar antes de comprar y, si el defecto aparece después, documentarlo cuanto antes con un informe técnico pericial.