Inspección de entrega en promociones nuevas
Recorremos la vivienda con un protocolo fijo: pavimentos y alicatados, carpinterías interiores y exteriores, terrazas y su desagüe, ventilación de baños y cocina, climatización, mecanismos eléctricos y pruebas de agua. También revisamos trastero y plaza de garaje si forman parte de la compra.
Entregamos una relación numerada de incidencias con fotografía, pensada para enviarla directamente al promotor y hacer seguimiento de cada reparación.
- Defectos de acabado en suelos, paredes y techos.
- Carpinterías que no cierran bien o sin sellar.
- Terrazas sin pendiente suficiente hacia el desagüe.
- Instalaciones sin terminar o sin probar.
Después de la entrega: plazos de garantía
Si los defectos aparecen más tarde, la Ley de Ordenación de la Edificación fija plazos distintos según el tipo de daño. Un informe técnico pericial que describa el defecto y su origen es la base para reclamarlo dentro del plazo que corresponda.
Plazos para reclamar defectos en Sant Joan d'Alacant
En una vivienda nueva, la Ley de Ordenación de la Edificación (artículo 17) fija tres plazos de responsabilidad que cuentan desde la recepción de la obra: un año para los defectos de acabado, tres años para los que afectan a la habitabilidad y diez años para los daños estructurales. La acción para reclamar prescribe a los dos años desde que se produce el daño (artículo 18).
En una compraventa de segunda mano, el Código Civil permite reclamar al vendedor por vicios ocultos (artículos 1484 a 1490), pero el plazo es corto: seis meses desde la entrega. Por eso conviene inspeccionar antes de comprar y, si el defecto aparece después, documentarlo cuanto antes con un informe técnico pericial.